miércoles, 15 de abril de 2020

Anuncio Clase miércoles 22



Estimados:


La clase programada para el próximo miércoles 22 será llevada a cabo a través de un video en vivo en Instagram. La idea llevar a cabo una clase con modalidad participativa: dar una exposición de la cuestión, con explicación del contenido, y con la posibilidad de que uds. hagan las preguntas necesarias.

La clase arrancará a las 17.00 hs., pero el vivo va a estar abierto desde las 16.50 hs., para que vayan entrando, y eventualmente -estos nos incluye- solucionando los problemas técnicos que se puedan suscitar. Como instagram tiene un límite de 60 minutos, seguramente hagamos un corte en el medio, para poder retomar posteriormente.

La cuenta que tienen que seguir es: https://www.instagram.com/garantiasconstitucionalesuba/

Cualquier consulta, no duden en acercarla.

Los esperamos

miércoles, 8 de abril de 2020

Clase Miércoles 8



IV.- EL DEBIDO PROCESO LEGAL SUSTANTIVO Y FORMAL

1.- ¿Qué es el debido proceso legal? Contenido, alcances y relaciones. Trascendencia constitucional.
2.- Sistema de nulidades establecido en el Código Procesal Penal de la Nación (sus arts. 166 a 172, y concordantes). Principios que las rigen y mecanismos para plantearlas.



Para el punto 1, les adjunto como material especial el trabajo ya recomendado antes de Juan Francisco Linares, que va en dos adjuntos dado que una página (la 108) no quedó bien escaneada en el documento completo y por eso la mando aparte; y otro de Angela Ledesma que en su momento aportó Ignacio Racca. Ambos están también en el blog.


Para el punto 2, resulta básica la lectura de los arts. 166 a 173 del Código Procesal Penal de la Nación; y, además les pido que entren al siguiente link: https://youtu.be/RchThG4uxkU (también está en el blog).
Ahi encontrarán el alegato defensista en el juicio oral seguido en 2018/2019 contra el exSecretario de Obras Públicas, José Francisco López; el que usaremos a modo de clase y trabajo, para varios temas.
En lo que concierne a este punto 2 de la Unidad IV, se trata obviamente de las nulidades articuladas en ese caso, y que obviamente tienen vinculación con el debido proceso; pero también encontrarán el planteo de inconstitucionalidad de la figura de enriquecimiento ilícito contenida en el art. 268-2 del Código Penal que está prevista en la Unidad V.
También deben observar especialmente en ese caso, las cuestiones introducidas en torno a la garantía de no autoincriminación, la defensa en juicio (defensa ineficaz) -temas que se verán más adelante- y el fraccionamiento de procesos en función de nuestra organización federal, lo que inclusive nos remite a los temas de federalismo y organización jurisidiccional que vimos al inicio del curso.
Por supuesto, hay que poner atención en la jurisprudencia marcada en el blog y la citada en los textos.
Luego agregaremos otros materiales que seguirán englobando todos estos temas.
Igualmente, estamos evaluando organizar una clase en tiempo real, para redondear el tratamiento de los temas que venimos dando; en cuyo caso se les avisará con suficiente antelación.


Cordialmente,
Pamela Bisserier

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Estimados alumnos; van estas líneas con motivo de la Resolución del Rectorado de la Universidad sobre el calendario académico, y la del Decano (ad referendum del Consejo Directivo, que aún no ha dicho nada).


Esta modificación nos tomó a todos por sorpresa y es necesario hacer precisiones, así como tomar algunas decisiones; en función de los informes que fuimos procurando de las autoridades de nuestra Facultad, y de lo transmitido ayer por nuestro titular de cátedra, el Dr. Alberto Dalla Via.

Empecemos por las precisiones: La decisión y comunicación inmediata de la Facultad está basada en la intención de no perder las clases que ya veníamos dando de manera virtual en el actual cuatrimestre; pero que deberán convalidarse con algunas actividades presenciales, dejando librado a cada cátedra el procedimiento.

La resolución del Rectorado partió de un criterio consensuado con el Ministerio de Educación de programar el calendario educativo del año 2020 que se encontraba incumplido. En el ámbito de la Universidad de Buenos Aires, nuestra Facultad y la de Ciencias Económicas comenzamos tempranamente con la modalidad virtual; pero otras Facultades no, como por ejemplo, la de Filosofía y Letras. Y otras, presentan distintos tipos de dificultades, especialmente por las partes prácticas (Medicina, Odontología, Veterinaria, por citar ejemplos evidentes).

Es decir que la decisión del Rectorado tiene por eso un alcance general; pero en el ámbito de la autonomía universitaria el ajuste dependerá de lo establecido por cada Facultad que, en nuestro caso, le dio participación a las cátedras en la planificación de actividades.

Seguimos ahora con las decisiones: Teniendo en cuenta lo explicado en los párrafos anteriores, el Profesor Titular Dr. Dalla Via nos ha transmitido su posición de seguir las clases como lo estamos haciendo porque el saldo es positivo y, además, resulta ser un importante aprendizaje colectivo para todos.


Sobre las clases presenciales requeridas por la Resolución del Rectorado y que debemos tener sobre el final; nos ha dicho que deberán ser clases o evaluaciones colectivas para tomar una ratificación personal de lo actuado por los alumnos, y que deberían consistir en al menos tres reuniones presenciales con los alumnos que actualmente se encuentran cursando.


El Dr. Dalla Via también nos ha instado a ser realistas, en cuanto a que todo parece indicar que para comienzos de junio la pandemia no habrá desaparecido sino que existen posibilidades de que se incremente con la llegada del frío; de manera que lo más sensato es continuar con el trabajo virtual que considera es un camino que se va a profundizar y no a disminuir.

Estas directivas aplicadas a nuestro curso de "Garantías" deben complementarse con la realidad que nos tocó a nosotros en particular: tenemos 48 alumnos y no entran en el aula que nos asignaron, donde ya hubo alumnos de pie en la clase inaugural del 11 de marzo y hay que considerar que para colmo hubo algunos ausentes; a lo que se suma que esa aula es irrespirable porque es de las internas de planta baja que dan al estacionamiento original del edificio, careciendo de una ventilación adecuada a estos tiempos. Ese mismo día pedí cambio de aula, pero no hay ninguna disponible; nuestra Facultad tiene problemas con la capacidad y distribución de aulas, en especial para cursos numerosos como el nuestro.

En resumen, no encuentro una opción mejor que seguir el sistema que venimos aplicando y resuelve el problema de hacinamiento en el aula, que es lo más indicado para esta emergencia. No imagino cómo podríamos volver a clase presencial con todos los alumnos, en plena pandemia y comienzo del invierno, siendo que no sólo no podrían mantener la distancia que recomiendan sino que estarían pegados y sin ventilación adecuada.

Por lo tanto, continuaremos con el cronograma que teníamos previsto; y, llegado el momento, haremos el 2do parcial con exámenes orales presenciales por grupos de no más de 10 alumnos, repartidos en 4 jornadas, esperando cumplir así con lo marcado por las autoridades del Rectorado.

Debe entenderse que las condiciones/modalidades de esos exámenes orales y las fechas dependerán de la evolución de las cosas; pero el propósito inicial es cumplir con los tiempos de nuestro cronograma, aunque el cierre administrativo del curso podamos formalizarlo recién el 15 de agosto, dado que recién entonces dispondríamos de las actas finales para volcar las notas y firmar las libretas.

Iremos actualizando la información y cambios que pudiera haber.

Recomiendo que sigan aplicando sus esfuerzos para cuidarse y estudiar por todos los medios que estamos procurando.






Cordiales saludos a todos,


Pamela Bisserier

domingo, 5 de abril de 2020

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Estimados:

En atención a la reciente reprogramación del calendario académico por parte de la facultad, entre el venidero martes y miércoles haremos lo propio desde esta comisión respecto del cronograma oportunamente comunicado.

Saludos.

martes, 31 de marzo de 2020

Unidad III



Buenas tardes a todos; es momento de organizarnos con los temas de la clase prevista para el 1° de abril (Unidad III).

Se trata aquí de repasar y profundizar contenidos que vienen estudiando desde las primeras materias de la facultad; por lo que, en primer lugar, deberán recurrir a los textos básicos de derecho constitucional que indicamos en la primera clase así como los que se encuentran señalados en el blog, y luego realizar las siguientes actividades:

1) Buscar doctrina y/o jurisprudencia relativa a cualquiera de los temas previstos; y hacer un resumen de lo investigado, en no más de 2 páginas. Está especialmente recomendado para el principio de razonabilidad, el material de Juan Francisco Linares (La razonabilidad de las leyes) que está en el blog.

2) Jurisprudencia de lectura obligatoria: de la CSJN los fallos “Colavini”, “Bazterrica”, “Montalvo” y “Arriola”.

3) Realizar el trabajo práctico que se adjunta; con fecha de entrega para el miércoles 8 de abril.

Cordiales saludos,
Pamela Bisserier

Trabajo Práctico

miércoles, 18 de marzo de 2020

Anuncio - Material

Estimados alumnos; tal como lo supusimos en la clase inaugural del curso, por las razones de fuerza mayor que son de conocimiento público y las resoluciones que por ello fueron dictando las autoridades de nuestra Universidad, las condiciones en que llevaremos adelante el curso deberán adecuarse a estas excepcionales circunstancias. 

Lo haremos por los medios que ya fueron indicados en esa 1ra clase; y los que iremos sumando según la evolución de las cosas. Mandaremos información, material, indicaciones y posibles trabajos, a través de este medio; y, también del blog que ya habíamos señalado, así como del Campus Virtual de nuestra Facultad.

Asimismo, tenemos la obligación de recordarles lo que reiteradamente se ha dicho por los medios de comunicación: estas no son vacaciones, sino que además de cumplir con la actividad académica tenemos la obligación social de obrar con responsabilidad y cuidarnos entre todos, acatando las directivas que nos dan las autoridades en esta emergencia y procurando quedarnos en nuestras casas. 
En nuestro caso concreto, debemos pensar que cuando volvamos a clases habrá que compartir los reducidos espacios de las aulas y la gran concurrencia que tiene nuestra Facultad; por lo que es de mucha importancia que nos comuniquen si en este tiempo han viajado y/o cualquier alerta en materia de salud, puesto que sea lo que fuere resolveremos las cosas como para asegurarnos que no pierdan el ciclo lectivo.

Finalmente, les pedimos que si algunos de ustedes conocen a los alumnos que faltaron a la 1ra clase, nos pasen sus contactos para poder incluirlos en nuestros espacios de comunicación; ya que, en definitiva, funcionarán a suerte de aula virtual.

Cordialmente,
Pamela Bisserier; y, todo el equipo docente. 


Material

domingo, 15 de marzo de 2020

Cronograma segundo cuatrimestre 2020


Estimados: por debajo va el cronograma del corriente cuatrimestre. Respecto de eventuales anuncios en torno a la suspensión de clases y la situación de público conocimiento, serán efectuados por esta vía. Saludos.

UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES - FACULTAD DE DERECHO
CICLO PROFESIONAL ORIENTADO

GARANTIAS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO PENAL
Comisión n° 881 a cargo de la Dra. Pamela Bisserier

PROGRAMA DEL CURSO.

1ra Clase: 11 de marzo agosto-Presentación del curso
2da Clase: 18 de marzo
I.- LA CONSTITUCIÓN NACIONAL y LEYES REGLAMENTARIAS
Construcción del federalismo argentino. Constitución Nacional. La reforma de 1994. El federalismo en esa reforma de 1994. Los tratados internacionales del art. 75, inc. 22 y la legislación interna. Supremacía e interpretación constitucional.
Leyes Reglamentarias: Derechos y garantías constitucionales en el proceso penal; su reglamentación legal. Código Procesal Penal de la Nación; y, códigos procesales penales locales.

II.- ORGANIZACIÓN JUDICIAL. RECURSOS. INSTANCIAS INTERNACIONALES. 
1.- La organización jurisdiccional en materia penal: orden federal-nacional, provincial y ciudad de Buenos Aires. Los tribunales internacionales.  
Los recursos de apelación, casación, inconstitucionalidad y revisión; y otros. 
La garantía de recurrir de la sentencia condenatoria (doble conforme judicial), así como de toda resolución que constituya base para el dictado válido de una condena o genere un gravamen de imposible reparación ulterior. 
Fallos CSJN “Casal” y “Duarte”. 

3ra Clase: 25 de marzo
2.- Control de constitucionalidad. El recurso extraordinario: marco legal, requisitos formales y propios. La “cuestión federal” a la luz de los tratados ingresados a través del art. 75, inc. 22, de la CN; y su relación con la responsabilidad internacional del Estado al ingresar en el sistema interamericano de derechos humanos. La sentencia definitiva y las resoluciones equiparables a tal en el proceso penal. El superior tribunal de la causa, según el orden jurisdiccional de los procesos. 
3.- Denuncias (“Peticiones”) ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Recomendaciones. Pronunciamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: competencia consultiva y competencia contenciosa. 

4ta Clase: 1° de abril
III.- GARANTÍAS SUSTANTIVAS:  
Los principios de legalidad, razonabilidad, lesividad y “pro homine” (sus concreciones y significaciones en el ámbito penal). Inaplicabilidad de la analogía en el derecho penal. La aplicación de la ley penal en el tiempo (irretroactividad y ultraactividad): la ley penal más benigna. 
El principio de inocencia. La aplicación del principio beneficiante de la duda (“in dubio pro reo”).              

5ta Clase: 8 de abril
IV.- EL DEBIDO PROCESO LEGAL SUSTANTIVO Y FORMAL 
1.- ¿Qué es el debido proceso legal? Contenido, alcances y relaciones. Trascendencia constitucional. 
2.- Sistema de nulidades establecido en el Código Procesal Penal de la Nación (sus arts. 166 a 172, y concordantes). Principios que las rigen y mecanismos para plantearlas.  

6ta Clase: 15 de abril
3.- 
A) Defensa en juicio:
1. Defensa material que ejerce el imputado (el derecho a ser oído) y defensa técnica que ejerce el abogado. “Titularidad” de la defensa: prevalencia de la voluntad del imputado.
2. Asistencia técnica del abogado defensor –particular u oficial- y el deber del estado de asegurarla desde el inicio mismo del proceso. 
3. El problema de la defensa técnica ineficaz.

7ma Clase: 22 de abril
B) Las garantías del “juez natural” y de la imparcialidad del tribunal (causales recusatorias previstas por las leyes procesales).
C) Los principios de congruencia y de progresividad de los actos.
D) Las garantías del juicio previo; del plazo de duración razonable de la detención y del tiempo procesal aplicado para llegar al juzgamiento. El instituto de la prescripción de la acción. Fallo CSJN “Caballero”.
F) Fallos Plenarios. La cuestión de su obligatoriedad: art. 10 “inc. “c” de la ley 24.050 (respecto de los fallos plenarios dictados por la Cámara Federal de Casación Penal). La suspensión del juicio a prueba. Fallos Kosuta (CFCP) y Acosta (CSJN).

8va Clase: 29 de abril 
V.- LA LIBERTAD DE DECLARAR 
1.- Ubicación constitucional. Concepto, naturaleza y alcances. Las “reglas Miranda”. Prohibición de métodos coactivos y apremiantes 
2.- La garantía de no autoincriminación.
3.- Los cuestionamientos sobre el tipo penal contenido en el art. 268 del Código Penal (enriquecimiento ilícito), por posible afectación de esta garantía.
4.- El imputado como sujeto del proceso y como objeto de la prueba (reconocimientos en rueda de personas, extracción de sangre y fluidos para pruebas de laboratorio –ADN-, sueros de la verdad).

9na Clase: 6 de mayo - PRIMER PARCIAL: Modalidad a definir 

10ma Clase: 13 de mayo
ENTREGA DE NOTAS 1er PARCIAL
VI.- INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO, LA PERSONA, LA CORRESPONDENCIA Y OTROS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.  
1.- Ubicación constitucional. Concepto, naturaleza y alcances. El derecho a la intimidad personal y familiar. El derecho a la dignidad humana.
2.- Medidas investigativas de tipo intrusivo: allanamiento; requisa sobre la persona y otros bienes (vehículos, aeronaves, buques); secuestro de objetos; interceptación de correspondencia y de comunicaciones telefónicas (escuchas telefónicas); “tareas de inteligencia” y tomas fotográficas a distancia de ámbitos de privacidad.

11ma Clase: 20 de mayo – RECUPERATORIOS: modalidad a definir 

12ma Clase: 27 de mayo 
VII.- LIMITES DE LA INVESTIGACIÓN Y DE LA AVERIGUACIÓN DE LA VERDAD
Enfoque constitucional; y normas legales relacionadas. La verdad material y la verdad formal. Fundamentos ideológicos, filosóficos y políticos.
La exclusión de las pruebas ilegalmente obtenidas (“fruto del árbol venenoso”). Doctrina, evolución jurisprudencial y excepciones (la buena fe, el conocimiento inevitable y las vías independientes de investigación). 
VIII.- LA LIBERTAD AMBULATORIA DEL IMPUTADO
1.-
La prisión preventiva desde las perspectivas de los tratados internacionales de derechos humanos (art. 75 inc. 22 CN) y del Código Procesal Penal de la Nación.
Exención de prisión y excarcelación: inexistencia de los llamados “delitos no excarcelables” (fallo plenario “Díaz Bessone” de la CFCP).
Detención domiciliaria
Medidas sustitutivas de la cautela personal

13ra Clase: 3 de junio
2.-
Hábeas corpus y acción de amparo.

14ta Clase: 10 de junio
IX.- MODELOS DE ENJUICIAMIENTO.
1.- Sistemas inquisitivo, acusatorio y “mixto”. Los modelos de la justicia nacional, de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
2.- Juicio por jurados.

15ta Clase: 17 de junio
X.- EJECUCIÓN DE LA PENA.
1.- Ley 24.660. Normas también aplicables al cumplimiento de la prisión preventiva. Reforma introducida por la Ley 27.375.
2.- Principio de Judicialización de la pena. Fallo CSJN "Romero Cacharane" y otros.
3.- Principio de resocialización. Salidas transitorias. Libertad condicional. Libertad asistida.
4.- Estímulos educativos. Casos.

16ta Clase: 24 de junio - SEGUNDO PARCIAL: modalidad y entrega de notas a definir  
17ma Clase: 1° de julio – Recuperatorios orales; finales y firma de libretas: modalidades a definir